|
AIDIS ARGENTINA como producto de su crecimiento en los últimos años se enfrenta a una serie de dificultades vinculadas principalmente al mantenimiento de una conducta ética y el respeto a la actividad profesional y comercial de sus socios.
Es por ello que luego de un amplio debate en el Consejo Directivo de la Asociación y la consulta con diversas Divisiones Técnicas y sus Directores se acordó que AIDIS ARGENTINA aceptará realizar tareas remuneradas a condición de que:
a. La encomienda se haya obtenido a través de la gestión de la Dirección de Proyectos Especiales con financiación de los diversos organismos e instituciones de cooperación públicos, privados, nacionales e internacionales vinculados a los objetivos de la Asociación.
b. Reciba una encomienda por su condición de ONG
c. Reciba una encomienda por su prestigio institucional
d. Decida realizar una tarea prevista en sus estatutos con sus propios recursos.
La forma de selección del profesional a ser contratado se regirá por el “Reglamento para selección de profesionales socios por AIDIS ARGENTINA”.
Por otra parte también se acordó que en aquellos casos en que le sea requerida a AIDIS ARGENTINA:
e. La recomendación de un profesional o firma consultora especializada
f. La realización de una encomienda que es tarea habitual de la Consultoría Argentina y no se halle comprendida en los casos anteriormente mencionados (a, b, c y d)
la Asociación se limitará a recomendar el acceso a la base de datos RECONAIDIS especialmente diseñada a tal fin en la pagina www.aidisar.org
Reglamento para selección de profesionales socios por AIDIS ARGENTINA
El presente reglamento tiene por objeto establecer un sistema de selección de profesionales que se encuentren inscriptos en RECONAIDIS para realizar tareas profesionales encomendadas por AIDIS ARGENTINA y encuadradas en las Políticas antes mencionadas
Artículo 1º: Generación de una base de datos.
AIDIS ARGENTINA seleccionará profesionales para realizar tareas encuadradas en sus estatutos y objetivos exclusivamente de la RECONAIDIS (Registro de Consultores de AIDIS ARGENTINA); en los casos de no encontrarse profesionales registrados en la especialidad buscada, o sus antecedentes no sean los adecuados para la encomienda a realizar, el Comité de Selección mencionado en el artículo 2º podrá, como excepción, seleccionar él o los profesionales dando prioridad a los socios de AIDIS ARGENTINA y a los profesionales que participan habitualmente en las reuniones de las Divisiones Técnicas. En caso de que aún así no se pueda ubicar al profesional adecuado el Comité de Selección propondrá al Consejo Directivo una propuesta alternativa.
Artículo 2º: Selección de profesionales por AIDIS ARGENTINA
A los fines de seleccionar profesionales según lo indicado en el Artículo anterior AIDIS ARGENTINA conformará un Comité de Selección integrado por el Vicepresidente, dos miembros elegidos del Consejo Directivo y/o Consejo Asesor principalmente en base a la experiencia que los mismos tengan sobre el tema objeto de encomienda, el Director de Proyectos Especiales y el Director Técnico quienes procederán a seleccionar los profesionales necesarios para realizar el trabajo conforme a las especialidades declaradas, al análisis de sus Curriculum Vitae, al conocimiento que el Comité tenga sobre sus calidades profesionales, su antigüedad como socio y su participación en las Divisiones Técnicas de AIDIS ARGENTINA. El o los profesionales seleccionados deberán firmar un contrato de locación de obra (RECONAIDIS 5) y una copia del Código de Etica.
La decisión del Comité de Selección será inapelable.
Artículo 3º: Selección de firmas consultoras por AIDIS ARGENTINA
AIDIS ARGENTINA podrá seleccionar Firmas Consultoras exclusivamente para el caso indicado en el punto (d) de las “Políticas para la realización de encomiendas por parte de AIDIS ARGENTINA”; en este caso se seguirán procedimientos análogos a los indicados en el Artículo 2º del presente Reglamento.
Artículo 4º: Seguimiento de las encomiendas
El seguimiento de las encomiendas que suscriba AIDIS ARGENTINA en virtud del presente Reglamento será efectuado en su faz técnica por la Dirección de Proyectos Especiales y su faz administrativa por la Dirección Ejecutiva
Artículo 5º: Incompatibilidades
No podrán participar de encomiendas aquellos socios que tengan vínculos laborales con la institución o empresa que desea recibir servicios profesionales de AIDIS ARGENTINA.
No son elegibles para realizar trabajos rentados para AIDIS ARGENTINA aquellos miembros del Consejo Directivo, del Consejo Asesor y Directores de Divisiones Técnicas que figuren en la base hasta 1 año después de haber dejado el cargo.
|