Jornada sobre el Código de Aguas de la Provincia de Buenos Aires

El 14 de Agosto de 2001, en Sala Louis Pasteur de la sede de AIDIS Argentina, se realizó la Jornada sobre el Código de Aguas de la Provincia de Buenos Aires, organizada por DIPROL (División Industria y Producción Limpia) de AIDIS Argentina.
Asistieron al evento más de setenta profesionales, lo que claramente demostró el interés que el tema concitaba.
Luego de una introducción al tema con los detalles sobresalientes del marco legal, a través de las presentaciones de la Dra. María Margarita Drago Rey, representante de la Cámara de Comercio Industria y Producción de la República Argentina, junto a la Dra. Marcela Ferreira, de Aguas Argentinas, los Representantes de la Unión Industrial Argentina y de la Unión Industrial de la Provincia de Buenos Aires, Ings. Jorge Mentruyt y Osvaldo Cado, expresaron sus puntos de vista y sugerencias para la eficaz utilización del recurso agua.
La actividad de la mañana culminó luego de la exposición del Dr Jorge Santa Cruz, del Plan Nacional de Aguas Subterráneas, y dos presentaciones a cargo de representantes comerciales de las Empresas US FILTER y ECOPRENEUR, sobre casos de reuso de agua en industrias y municipios con el objetivo descarga "cero".
Luego del corte del mediodía, se llegó al "plato fuerte", por cuanto el espacio estuvo asignado al Presidente de la Autoridad del Agua, Contador Hector Hugo Domínguez, quien con mucha claridad expuso los conceptos de la ley 12.257 y respondió a satisfacción las numerosas inquietudes que los asistentes expusieron, siendo el espacio destinado a preguntas y respuestas más prolongado de toda la jornada.
El último espacio del evento estuvo destinado a exposiciones por parte de representantes de la industria y asociaciones, que permitieron demostrar el alto valor agregado en términos de resultados de experiencias que originalmente se iniciaron con conceptos de preservación ambiental.
Así, Oleaginosa Moreno, a través del Ing. Carlos Caruso, mostró cómo un proyecto de instalación de una planta se vio favorecido por el rápido retorno económico de otra experiencia similar donde se reaprovecharon los efluentes líquidos en forma total.
A continuación, la Ing. Suero, por la Asociación de Riego Pampeano, presentó un cálculo de los consumos de agua subterránea para el riego de cultivos, en función de los caudales disponibles en las napas de la zona.
El personal de Arcor, en clara muestra de las ventajas de la integración del personal en general para la solución de problemas a través de la Mejora Continua, dejaron una excelente impresión en los asistentes merced a los buenos resultados obtenidos en la búsqueda de la disminución de los consumos de agua para el proceso.
Por último el representante y el presidente de la Cámara Argentina de Empresas Perforadoras para Aguas Subterráneas, dieron algunos ejemplos de eventuales problemas basados en la reducción del uso de aguas subterráneas por el aprovechamiento de las superficiales.
Como cierre de la Jornada, el Ing. Strappa, de DIPROL, moderador del evento, efectuó una síntesis de las principales conclusiones a que cada expositor había arribado luego de sus respectivas participaciones.
La sensación generalizada fue de gran satisfacción por el nivel alcanzado tanto en el desarrollo de los temas como por los contenidos, permitiendo a los asistentes tener una idea mucho más clara que la poseída al comienzo de la jornada, en relación a la futura aplicación de la ley en cuestión.

LEGISLACION DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Ley 12.257: CODIGO DE AGUAS

Tanto si Ud. colabora con una empresa (industrial, de servicios, de explotación agropecuaria, etc) radicada en la Provincia de Buenos Aires, como si prepara o está ejecutando algún proyecto de instalación en la misma, sus actividades y sus resultados económicos se verán alcanzados por la ley 12.257
La División Industrias y Producción Limpia (DIPROL) entendiendo la necesidad de información acerca de la existencia y contenido de esta ley, más conocida como Código de Aguas, organizó una jornada de análisis e información acerca de ella, a realizarse hacia fines de junio.
El Código de Aguas de la Provincia de Buenos Aires, establece el régimen de protección, conservación y manejo del recurso hídrico en dicho ámbito, regulando la política en la materia, estableciendo reservas y restricciones en algunos casos, pero alentando "criterios de reutilización de agua para uso industrial o cualquier actividad productiva que así lo permita".
De acuerdo a este ordenamiento el Poder Ejecutivo Provincial fijará por regiones y categorías de uso, el canon y las contribuciones a cargo de los concesionarios, permisionarios y usuarios en general; determinará la dotación de agua a acordar a cada uso o región; podrá suspender el suministro en casos de sequía extraordinaria e imponer restricciones y limitaciones al dominio privado para el mejor aprovechamiento y preservación del agua y para la protección del medio ambiente y de los bienes públicos y privados del impacto dañoso del agua.
La Autoridad del Agua, ente autárquico de derecho público y naturaleza multidisciplinaria, será la autoridad de aplicación y tendrá a su cargo la planificación, registro, constitución y la protección de los derechos, la policía y el cumplimiento y ejecución de las demás misiones que este Código y las leyes que lo modifiquen o reemplacen le otorguen.
Se efectuará un inventario físico de los recursos hídricos y se crearán varios registros:

  • Un registro de los derechos al aprovechamiento de las obras y recursos públicos, derechos que deberán informarse al Registro de la Propiedad Inmueble y constarán como anotación marginal y que deberán ser tenidos en cuenta por los escribanos públicos al otorgar escrituras de transferencias de dominios sobre inmuebles situados en las zonas que la Autoridad de Aplicación determine, previa certificación del derecho al uso del agua que sea inherente a ese predio y de la inexistencia de deuda alguna por tal concepto, debiendo informar dichos profesionales a la Autoridad del Agua las transferencias en las que sean parte.

  • La Autoridad el Agua registrará en el Registro Público de Aguas, en libros separados los derechos de uso de agua pública otorgados mediante concesión y los que resulten de permisos de uso.

  • Existirá un Registro donde deben inscribirse los perforadores, los profesionales responsables de las perforaciones, las obras hidráulicas que se realicen y los vertidos industriales.

Las concesiones y permisos para usar y gozar del agua constituyen, en los términos de este Código, un derecho accesorio e inseparable del inmueble para cuyo beneficio se otorguen y se transmiten de pleno derecho a los adquirentes de su dominio
Estas son sólo algunas de las innovaciones que, en los 187 artículos que componen el Código de Aguas, se introducen en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires con respecto al uso y aprovechamiento del agua y que tendrán incidencia en las actividades industriales, haciendo necesario contemplar en forma inmediata para beneficio de las industrias programas de minimización en el consumo de agua y de reutilización de la misma.
La ley 12.257 se halla en proceso de reglamentación, por lo que DIPROL considera de vital importancia hacer su aporte para el conocimiento y discusión del articulado, incluyendo el impacto potencial del mismo, y poniendo al alcance de los asistentes a la Jornada, información respecto de experiencias de empresas en la minimización y reutilización de recurso.

Noticias y comentarios técnicos proporcionados por la
División de Industrias y Producción Limpia (DIPROL) de AIDIS Argentina

Página Principal